
Arturo inocente!
No más fabricación de culpables!

¡Lucha por la libertad!
No más abusos de autoridad

¿Hasta donde vamos a llegar?
¡No más mentiras!

¿Dónde están los verdaderos culpables?
¡No más mentiras!
¡ Arturo Inocente !
Una injusticia hecha a una persona, representa una amenza para todos -“Montesquie”
¿QUIÉN ES ARTURO?
ARTURO GIVAUDAN MOLINA
Joven profesionista, licenciado en Dirección y Administración de Empresas por la Universidad Anáhuac México. Tiene 27 años de edad, con sólidos valores morales y con un trabajo estable donde lleva 8 años laborando con logros destacables en Grupo Expansión. Mantiene una relación de noviazgo de 4 años; es buen hijo, buen amigo, respetuoso, honrado, de una conducta intachable, pacífico y de carácter tranquilo, por ende, goza de la estimación de todas las personas que lo conocen.
HECHOS
ARTURO, sin haber cometido delito alguno, es víctima de falsas y graves imputaciones por los supuestos delitos de
ROBO AGRAVADO Y VIOLACIÓN por parte de la señora
MARÍA DE LOURDES GARCÍA MOLLINEDO y el señor
ALFONSO ROSADO BUZZO. Es sumamente importante destacar que la defensa del acusado no está cuestionando si realmente existió o no delito, sino que ARTURO simple y sencillamente no participó en los mismos por haber estado físicamente en sus oficinas de trabajo –en Grupo Expansión– desde las 8:00 a las 17:00 horas, lo cual está acreditado con diversas pruebas en el expediente (testigos, documentos públicos, privados, correos electrónicos, etc.), resultando imposible que ARTURO haya estado el día 29 de agosto de 2011 en el lugar y hora de los hechos (Club de Golf México, aproximadamente 12:30 horas). En las declaraciones de los denunciantes se afirma haber visto el video el
mismo día de los hechos a las
14:00 horas aproximadamente, reconociendo a los posibles partícipes de los delitos. Cuando ARTURO ingresó al fraccionamiento eran las
20:36 horas,
POR LO QUE, EVIDENTEMENTE, CUANDO SE HIZO EL RECONOCIMIENTO, ARTURO AÚN NO HABÍA SIDO CAPTADO POR LAS CÁMARAS DEL LUGAR. El reconocimiento de los supuestos partícipes había sido realizado 6 horas y 36 minutos antes de que ARTURO siquiera llegara al fraccionamiento, lo que demuestra la falsedad con que se conducen los denunciantes.
El día de los hechos,
ALFONSO ROSADO BUZZO denunció el delito de robo a casa habitación en la averiguación previa número FTL/TLP-3/T1/02696/11-08 D01 ACUM: FTL/TLP3/T1/02696/11-08R1 D01, horas después de que, inexplicable e ilegalmente, la gente de seguridad del fraccionamiento les entregó a ALFONSO ROSADO BUZZO y a MARÍA DE LOURDES MOLLINEDO una copia de un video y el control vehicular de acceso al fraccionamiento del día completo (es importante hacer notar que
NUNCA APARECIERON ESTAS PRUEBAS). Al ver el video el mismo día en que dicen que sucedieron los hechos, ni ALFONSO ROSADO BUZZO, ni MARÍA DE LOURDES GARCÍA MOLLINEDO, así como tampoco sus dos empleadas reconocen a ARTURO como uno de los participantes en los delitos, manifestando que, en un principio,
NO LES VIERON LA CARA. Posteriormente, darían una media filiación de sujetos con características totalmente distintas: declararon que los acusados tenían
ACENTO COLOMBIANO, unos
40 años de edad, y
cara picada. Un retrato hablado que, evidentemente, no corresponde a las características físicas de ARTURO.
Pasados
274 días en que dicen que sucedieron los hechos, extrañamente y con evidente mala fe, la señora MARÍA DE LOURDES GARCÍA MOLLINEDO
y
ALFONSO ROSADO BUZZO, después de 9 meses de haber visto el video señalado, señalan –sin tener prueba alguna– a ARTURO como participe de los delitos. Resulta totalmente inverosímil que, pasado tanto tiempo, reconozcan ahora imágenes sin claridad sobre un video a las
20:36 horas (8 horas después de los hechos) sin ninguna explicación ni escrúpulo. Aquí cabe preguntarnos: ¿Dónde están los videos y el registro vehicular de las horas previas e inmediatamente posteriores a los hechos? Es pertinente mencionar que
EL PERSONAL DOMÉSTICO AFIRMA NO RECONOCER A ARTURO EN LOS HECHOS.
A pesar de no haber sido citado por el Ministerio Público, ARTURO fue
CONSIGNADO EN DOS OCASIONES ante el Juez 64º penal sin estar acreditada la responsabilidad de ARTURO, devolviéndose obviamente por existir graves violaciones a nuestra Constitución. Ante el ánimo de perjudicar a ARTURO, es orillado a acudir a la
JUSTICIA FEDERAL
(
5 AMPAROS) para poder ejercer su derecho a una defensa adecuada: poder declarar, ofrecer pruebas y evitar una detención ilegal. Aún así, a ARTURO y a sus abogados le ocultaron el expediente. De ese modo, la autoridad local desacata mandatos Federales.
Con todas estas adversidades encima, ARTURO logra rendir su declaración hasta finales de julio, ofreciendo diversos medios de prueba para acreditar su inocencia. La representación social –sin fundamento y motivo alguno–
NIEGA LA ADMISIÓN Y DESAHOGO DE LAS PRUEBAS. Jamás se supo el motivo de esta gravísima violación a sus derechos fundamentales, violación que orilló a ARTURO a presentar una
demanda de amparo, donde se le otorga la suspensión definitiva que evita que se sigan atropellando sus derechos y se continúe violando la ley.
El 25 de septiembre de 2012, de manera unánime, la Séptima Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia en el Distrito Federal resolvió absolver (por falta de pruebas e inconsistencias) a
SALVADOR LARIOS, quien fue acusado por
exactamente los mismos hechos, detenido ilegalmente el 24 de enero de 2012 y condenado a 14 años de prisión con
TESTIGOS FALSOS Y PREFABRICADOS de estas mismas personas (García Mollinedo y Rosado Buzzo), quienes lo identificaban en el mismo video. SALVADOR LARIOS estuvo preso por más de 8 meses injustamente, situación que ARTURO hasta el momento ha podido evitar por la estrategia de defensa adoptada, sin embargo con este tipo de
PRUEBAS PREFABRICADAS Y LA ACTITUD ABUSIVA DE LA AUTORIDAD, existe una preocupación y un miedo fundamentados de que quieran privar a ARTURO de su libertad de forma arbitraria e ilegal, como lo hicieron con SALVADOR, lo cual le causaría un daño grave y de imposible reparación,
ARRUINÁNDOLE LA VIDA PARA SIEMPRE.